viernes, 21 de marzo de 2014

Fuerte polémica entre Corte de Justicia y la Institución de DD.HH

La Suprema Corte de Justicia cuestionó a la Institución Nacional de Derechos Humanos (INNDDHH) por haberse “extralimitado” en sus funciones al recomendar celeridad a un juzgado de familia, ante lo cual el organismo respondió que sólo se trató de una recomendación no vinculante y que no tiene por qué informarle de sus actuaciones al máximo órgano judicial.


El  pasado 10 de marzo la Suprema Corte de Justicia remitió una misiva al presidente de la Asamblea General, Danilo Astori, en la cual se expresó el malestar de la corporación con la Institución de Derechos Humanos del Poder Legislativo.
La disconformidad del Poder Judicial estaba referida a una actuación de la INDDHH a raíz de una recomendación que realizó a un juzgado de familia por demoras en un juicio de divorcio.

En ese marco, la Corte de Justicia reclamó que se enteró de la actuación de forma “informal y accidental”.
Asimismo, en su misiva el Poder Judicial expresa que la INDDHH “debe comunicarse con la SCJ por medio de la la presidencia de la Asamblea General, como así lo hacen los legisladores, y no con ella directamente”.

Respuesta

En ese marco, la respuesta de la INDDHH no se hizo esperar. También a través de una misiva respondió al Poder Judicial que en el proceso de investigación no tiene por qué informar a la SCJ, ni tampoco comunicarse a través del presidente de la Asamblea General”.
La respuesta esta dirigida al presidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Larrieux.
En la carta también expresan que “efectivamente, corresponde que el inicio de las investigaciones y las resoluciones se comuniquen a las máximas autoridades del organismo”.
“Ahora bien, el proceso de investigación de una denuncia no requiere de comunicación a ninguna autoridad pública, pudiendo la INDDHH comunicarse directamente con cualquier funcionario involucrado”.
La INDDHH también señala que es organismo de naturaleza “cuasi jurisdiccional, por lo que no busca fundar sentencias, sino recomendaciones que no son vinculantes”, por lo que rechaza “cualquier relación entre la recomendación y las competencias jurisdiccionales del Poder Judicial”.

http://www.lr21.com.uy/comunidad

No hay comentarios.:

Publicar un comentario